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LA DICTADURA

Genocidio y mujeres

En esta nota intentaré avanzar sobre el concepto de genocidio, incluyendo en el mismo la violación y la violencia sexual hacia las mujeres. En este sentido afirmamos que tanto la violación como la violencia sexual son actos constitutivos del GENOCIDIO, siempre que se cometan con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo en particular.

PTS Neuquén

20 de agosto 2008

En esta nota intentaré avanzar sobre el concepto de genocidio, incluyendo en el mismo la violación y la violencia sexual hacia las mujeres. En este sentido afirmamos que tanto la violación como la violencia sexual son actos constitutivos del GENOCIDIO, siempre que se cometan con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo en particular.

La clase trabajadora fue el blanco principal del plan genocida en la Argentina, junto al movimiento estudiantil combativo que desde el Cordobazo había dado muestras de una estrecha unidad obrero-estudiantil, cuestionando las bases del orden imperante. A ese grupo es a quien se buscó destruir, aniquilar, para fundar la proclamada “nueva sociedad” con criterios “occidentales y cristianos”.

Entrando en la cuestión de las mujeres, según el Informe Nacional sobre la Desaparición de Personas, constituyeron un 33% del total de los desaparecidos/as, de las cuales el 10% estaban embarazadas. Estos números elaborados a nivel nacional no distan de lo ocurrido en nuestra zona. Aquí de 87 casos denunciados, 5 se tratan de mujeres, 6 de las cuales permanecen a la fecha desaparecidas, una de ellas se encontraba embarazada y según distintos testimonios tuvo a su bebé en “La Escuelita” de Bahía Blanca, quien también permanece desaparecido.

De los relatos y la información que se ha podido recopilar de estas 5 mujeres, surge que al igual que otras mujeres detenidas en el país, sufrieron violencia sexual, violaciones, torturas seguidas de abusos sexuales, amenazas de violaciones masivas, picana eléctrica en la zona vaginal, etc. En el relato de Argentina Seguel, una de las secuestradas en el operativo Cutral Có en junio de 1976 leemos: “A la noche siguiente, me volvieron a llevar a la sala de tortura, donde fui amarrada a la mesa y violada en presencia del “Tío” por uno de sus ayudantes. Había también otros hombres presentes que se reían y decían groserías. Me dieron puñetazos y me aplicaron picana”.

¿Por qué cuando se trata de mujeres la violencia va inevitablemente ligada a la sexualidad? Este interrogante es de larga data e intentar darle respuesta no es nada fácil. Hemos visto en distintos lugares del mundo situaciones de violencia generalizada, en las cuales la violencia a las mujeres va ligada a su sexualidad (en las guerras de Ruanda, Bosnia, Haití, Argelia, Ex Yugoslavia, en el femicidio de Ciudad Juárez -Méjico- por nombrar algunos).

Como dijera al comienzo del artículo es una cuestión central entender la violencia sexual y las violaciones hacia las mujeres como constitutivas del delito de genocidio. Este enfoque no se puede pasar por alto ya que muchas veces pareciera ser que a criterio de los tribunales la violencia sexual y las violaciones están incluidas en la tortura, o son una cuestión menor o accesoria. Tan es así que a pesar de los múltiples testimonios que dan cuenta de estos delitos aberrantes hacia las mujeres, en los juicios reabiertos del genocidio argentino no hay a la fecha ninguna condena que contemple la violencia sexual y/o violaciones que padecieron las detenidas desaparecidas.

El primer objetivo de las violaciones y la violencia sexual es la destrucción física y psíquica de las mujeres del grupo que se pretende aniquilar, el arrasamiento subjetivo, la despersonalización de ellas, como paso previo a desaparecerlas o a intentar “recuperarlas”.

En este último sentido (de la recuperación) se elaboró un programa experimental de rehabilitación de prisioneros políticos en manos del Ejército y la Armada que funcionó en la ESMA. Un síntoma en este proceso de “recuperación” para el caso de las mujeres, era que ellas se preocuparan por su aspecto, que usaran cartera para ir desde su celda al baño. También dentro de este proceso estaba la posibilidad de que miembros del Ejército y/o la Armada las llevaran a confiterías o restaurantes.

Estas situaciones en extremo perversas se daban a tal punto que cuando un marino se presentaba no sabían si era para torturarlas o para llevarlas a cenar a la Recoleta.
Cuenta Graciela Daleo: “El día en que terminó el Campeonato Mundial de Fútbol de 1978, cuando Argentina hacía un gol, desde Capucha se oían los festejos en la cercana cancha de River. El Tigre Acosta subió al tercer piso del casino de oficiales donde nos tenían recluidos. Nos saludo eufórico gritando “¡Ganamos, ganamos!”. Decidieron sacar a algunos prisioneros para que vieran como festejaban los argentinos.

“La represión es un invento de la prensa marxista y socialdemócrata”, decían. Ellos ya se habían convencido y ni percibían lo ridículo del intento de convencer a sus prisioneros. El prefecto Héctor Febres al volante de un 504 verde y otros tres miembros del grupo de tareas me llevaron por Cabildo. Al llegar a Juramento no podían seguir avanzando. Asomada al hueco del techo corredizo no dejaba de llorar. “Si grito que soy una desaparecida, nadie me hará caso”.

Al igual que el objetivo de la destrucción, el poder genocida buscó como uno de sus objetivos principales el disciplinamiento, no solo para las mujeres que estaban detenidas, sino, y con más fuerza, de las que estaban “afuera”. En seminarios organizados por la Asociación ex Detenidos Desaparecidos, los sobrevivientes destacaban un mandato de los genocidas hacia la sociedad: uno hacia los sobrevivientes de los campos para narrar el horror, pero no como modo de memoria sino como modo de aterrorizar: “cuenten para aterrorizar”. “Aterrorizar” para corregir, para disciplinar, para uniformar al conjunto de la sociedad bajo el “manto occidental y cristiano” que para las mujeres significa asignarles el rol de “reproductoras de la vida”, sostenedoras del hogar y la familia, pero de ninguna manera mujeres capaces de enfrentarse al orden social imperante.

Garantías de impunidad

“Casualmente” los relatos que transcribo hablan de dos represores violadores. Así en el relato de Graciela Daleo se lo nombra al Prefecto Héctor Febres, de quien nuestra compañera Myriam Bregman decía: “Febres era ante todo un violador. Violaba las detenidas y también a las esposas y parejas de los detenidos, las amenazaba con matar a sus compañeros”. Luego, en el relato de Argentina Seguel se habla de la violación de un ayudante de “el Tío”, que podría ser Julián “el laucha” Corres, represor que actuara en “La Escuelita” de Bahía Blanca y junto al llamado “Tío” (Santiago Cruciani) era el encargado de aplicar la picana eléctrica mientras torturaba y quien también ha sido denunciado como un genocida violador.

Tanto Febres como Corres son dos emblemas de impunidad. Febres gozaba de una detención de privilegio en la base de Prefectura del Tigre, donde era custodiado por sus camaradas, situación que posibilitó que fuera asesinado sin que declarase todo lo que sabía acerca de los bebés nacidos en cautiverio y apropiados ilegalmente en la ESMA, donde se produjeron la mayor parte de los nacimientos.
Corres, quien ya había estado prófugo, se escapó el pasado 6 de julio de la Delegación Bahiense de la Policía Federal con la clara complicidad de dicha fuerza. Igual que Febres, Corres conoce el destino de niños apropiados en la dictadura, como es el caso de Graciela Romero de Metz quien tuvo un hijo en “La Escuelita” de Bahía Blanca luego de ser secuestrada en Cutral Có, junto con su esposo.

Esta situación pone en evidencia una vez más el doble discurso del Gobierno K, autocalifi cado gobierno de los DDHH que no ha avanzado un solo paso en la apertura de los archivos de la represión que se encuentran en manos del Estado y sus fuerzas represivas. Por todo ello, entendemos que las tareas pendientes contra la impunidad son muchas; debemos seguir exigiendo que se abran los archivos de la represión, que se los juzgue por genocidio, que en sus condenas se contemplen los delitos cometidos hacia las mujeres, que vayan a cárceles comunes, que se les restituya la identidad a los hijos e hijas apropiados/as, y se castigue a los apropiadores.

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