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Comunicados de prensa

Trampas legales para la impunidad

Fuimos miles los que recibimos movilizados en la puerta de la ex-legislatura el fallo de la Cámara Criminal Primera de Neuquén, que luego de extensas jornadas de juicio condenó por unanimidad a prisión perpetua al cabo José Darío Poblete por homicidio triplemente agravado por alevosía, abuso de su función por ser integrante de una fuerza de seguridad, uso de arma y violencia.

Prensa PTS

12 de julio 2008

Fuimos miles los que recibimos movilizados en la puerta de la ex-legislatura el fallo de la Cámara Criminal Primera de Neuquén, que luego de extensas jornadas de juicio condenó por unanimidad a prisión perpetua al cabo José Darío Poblete por homicidio triplemente agravado por alevosía, abuso de su función por ser integrante de una fuerza de seguridad, uso de arma y violencia.

Desde el CeProDH saludamos esta condena a prisión perpetua y la entendemos como un triunfo de la movilización popular y un primer paso para avanzar en el juicio y castigo a todos los responsables. Participamos de las jornadas de este juicio que demostró no solo que Poblete fue el autor material, sino que quedó al descubierto el plan represivo ordenado por el ex gobernador Sobisch que culminó con el asesinato de Carlos.

Ahora hay que redoblar la lucha para evitar que con artilugios legales se logre la máxima condena a Poblete pero queden impunes los que dieron las órdenes, los autores intelectuales e ideológicos.

Un salvavidas para Sobisch

Decíamos en el número anterior de este periódico que la maniobra de impunidad para Sobisch se había iniciado con el desdoblamiento de la causa en dos: “Fuentealba 1” y “Fuentealba 2”. Con esta maniobra legal, se separan los hechos y se diluye el plan común. Ello permitió que Sobisch haya podido ser testigo en el juicio contra Poblete y retirarse impune de la Cámara.

Ahora, de la lectura de la sentencia surgen elementos a favor de la impunidad del ex gobernador, que ni siquiera fue imputado por falso testimonio luego de que mintiera en su banquillo de testigo, llegando a decir que no se acordaba de las declaraciones públicas de aquellos días de abril del 2007.

La responsabilidad de Sobisch en el fusilamiento de Carlos no es solo política, es directa, porque fue él quien dio la orden y luego admitió públicamente que la volvería a dar. En esa orden, de aleccionar a los trabajadores, está la clave de su responsabilidad. Sin su orden, Carlos estaría vivo.

Pero para los jueces, Poblete asesina a Carlos en abuso de sus funciones, cumpliendo la orden del Sub-Comisario Aquiles González, lo que ayuda a diluir la responsabilidad de Sobisch. En palabras del primero de los jueces que emitió su voto: “Mi conclusión es que las órdenes tienen ingerencia en Poblete en dos sentidos, evidentemente si esa mañana fue a Arroyito con su grupo operativo uniformado y armado, es porque existía una orden previa, pero la causa inmediata que lo llevó a disparar contra el Fiat 147, fue la del Sub Comisario González”. Es decir que la causa inmediata (orden de González) excluye la causa mediata: ir a Arroyito a reprimir y aleccionar a los trabajadores. Para llegar a esta conclusión el juez toma como verdad: “Lo dicho por el testigo Jorge Sobisch que afirmó que sus instrucciones fueron preceptivas, que no se use violencia”.

Del discurso de los “errores y excesos” del juez asesor de la Dictadura

En la causa que investiga el genocidio de la dictadura militar en la zona, surge claramente que una de las maniobras para justificar el terrorismo de Estado y la impunidad a los represores, fue “investigar” en un sumario interno “los posibles excesos de personal militar en la guerra contra la subversión”. Con ese nombre está caratulada la instrucción de ese expediente y el instructor de ese sumario es uno de los jueces que condenó a Poblete: Luis María Fernández, el asesor del ejército en la dictadura.

En sintonía con su pasado, afirma el Dr. Fernández en la sentencia contra Poblete: “Valga lo expresado a título de especial proemio para enmarcar el hecho que nos ocupa, consistente en la muerte de Carlos Fuentealba, ya que la legalidad o ilegitimidad del uso de la fuerza pública para despejar el corte de ruta, y los posibles excesos que pudieron cometerse en el curso del procedimiento, no forman parte del objeto procesal de la presente causa”, ya que para el juez ello se investiga en la causa “Fuentealba 2”. Con este argumento prentende adelantar que no hubo orden sino un exceso de Poblete. Pero la muerte de Carlos no se debió a ningún error ni exceso: fue un fusilamiento en el marco de una represión ordenada por Sobisch.

Que la perpetua sea el empuje para lograr la cárcel a Sobisch y a todos los responsables.

Presenciamos un juicio importantísimo y logramos la condena a prisión perpetua para Poblete, fusilador de Carlos. Esto debe darnos el empuje para avanzar en la cárcel a todos los responsables políticos y autores intelectuales. Pero no podemos confiar en la voluntad del un poder judicial que alienta el salvataje para el autor de las órdenes. Debemos confiar en nuestras propias fuerzas, en la movilización popular para lograr que Sobisch y sus secuaces se encuentren con Poblete en el lugar que les corresponde: la cárcel.

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