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Partido de los Trabajadores Socialistas
    Buenos Aires   |  29 de marzo de 2024
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ABSOLUCIÓN YA DE LOS PETROLEROS DE LAS HERAS
“La Presidenta, Cristina de Kirchner, tendría que leer la causa”
06 Mar 2014 | En la sesión de apertura de las sesiones ordinarias del Congreso, la Presidenta legitimó la injusta condena a perpetua. Para hablar sobre la causa contra los petroleros -condenados con una causa armada con torturas y sin prueba alguna-, entrevistamos a una de sus abogadas, Andrea (...)

 La Presidenta defiende un fallo que no está firme y fue apelado, ¿por qué crees que lo hace?

La Presidenta debe estar mal informada. Da datos que no son reales. Tendría que leer primero la sentencia, y vería que es un fallo dividido. La Presidenta del Tribunal quedó en minoría, consideró que no había pruebas suficientes para condenar a las personas imputadas.Los propios tíos de Sayago, que lo criaron, consideran que los procesados son perejiles. 

¿En qué pruebas se basó el Tribunal para condenar a cuatro trabajadores?

En el caso de Ramón Cortés, se afirma que lo vieron con una pala. Pero no hay un solo testigo que haya dicho que Cortés haya estado en la manifestación popular con una pala. Lo que ocurrió es que cuando allanan la casa de Cortés, los policías encuentran una pala y a partir de allí la brigada de investigaciones de Santa Cruz empieza a afirmar que esa herramienta la utilizaron contra Sayago. Lo único que declararon los testigos es que en la manifestación Cortes tenía un rollo de papel blanco. Con esto solo armaron la imputación hacia él y que además se encontró su celular en el baldío.

En relación a José Rosales (otro de los condenados a perpetua NdR), existe un testigo, Torres, que declara en su contra. En el juicio quedó demostrado que este Torres fue obligado a declarar bajo todo tipo de amenazas psicológicas. El oficial Angulo, lo fue a buscar, para llevarlo a declarar frente a la Jueza en Pico Truncado y de alguna manera lo amedrentó para que denunciara a sus compañeros de trabajo, entre ellos Rosales. que pertenecía a la empres INDUS. Lo extorsionan diciéndole que en su casa estaba la policía y que corría peligro su familia. Es de destacar, que los trabajadores de la empresa INDUS, estaban reclamando el pase al convenio petrolero, porque ellos cobraban bajo el convenio de la construcción. Pero Torres, tiempo después se rectifica, y denuncia que lo anterior lo había declarado bajo presión. Por esto es que se lo imputa por falso testimonio. Este testimonio está tan viciado que hasta la presidenta del tribunal, la jueza Cristina Lembeye, dice que hay que tomar como válida la última declaración de Torres. Lamentablemente los otros dos jueces, Monelos y Olivera, usan esta única “prueba” para condenar por homicidio a cadena perpetua al trabajador petrolero Rosales. Padilla, el otro imputado en el crimen, tenía 17 años en el momento de la pueblada. Él fue, como cientos más del pueblo, a ver qué ocurría, porque él trabajaba en una pizzería.
Los otros petroleros acusados son, Catrihuala, por lesiones graves y coacción. Los Aguilar y Bach, también con 5 años de condena por coacción agravada. Pero además es una coacción muy particular, porque el juez ante quien supuestamente se había coaccionado (“apretado”, N.de R.) para que libere a Navarro (el vocero de la huelga petrolera en la que se inscribe la pueblada y la muerte del policía NdR) nunca se presentó ni en el juicio ni en ninguna otra oportunidad manifestó que se sintió coaccionado para dictarle la libertad. Lo peor de los condenados por coacción, es que ninguno de los testigos los acusa. Sólo el fiscal Candia mantiene la acusación a pesar de la falta de pruebas.

¿Hubo testimonios obtenidos mediante apremios ilegales?

La mayoría de los testigos declararon bajo presión. No todos fueron torturados físicamente, algunas fueron amenazas psicológicas. Un testimonio contundente de esto lo dijo el papá de Alexis Pérez (uno de los imputados). Declaró que cuando fueron a la casa, la policía separo a las mujeres de los niños y que la situación fue tan violenta que su nuera, embarazada, estuvo en riesgo de perder el bebe.
Otro testigo, que antes había estado imputado en la causa, declaró que mientras lo torturaban estaba la “abogada de la jueza”, (se refiere a su abogada defensora, la Dra. Citanovich que actuaba bajo las ordenes de la Dra. Ruata de Leone, la jueza NdR). Por eso es que yo pedí el incumplimiento de las obligaciones de funcionario público contra la defensora oficial. Porque los imputados dicen que los torturaron delante de la defensora oficial. Hasta el Director de la Cárcel de Puerto Deseado denunció las torturas. Cuando los detenidos llegan ahí, estaban muy lastimados, con signos evidentes de haber sido torturados. Es por esto que no les permite al grupo GEO acercarse a estos detenidos. Pero nadie lo llamó como testigo.
 
¿Se conoce quién disparó la bala que impactó en Sayago?

Hasta hoy no se conoce. Esa noche (en la pueblada NdR) había entre 800 o 900 personas. Nadie pudo determinar quién disparó. Personalmente creo que hubo balas provenientes desde la Alcaldía. 

El juicio tuvo muchas irregularidades, entre ellas que ni siquiera se perímetro el área donde cayó herido Sayago. Tampoco el terreno de enfrente a la alcaldía, un baldío donde había una máquina excavadora, que fue retirada sin haber sido peritado el lugar, ni la misma máquina que al parecer, por lo que cuentan las personas del lugar tenía impactos de bala. De haber podido peritarla tendríamos un elemento más para llegar a la verdad.
 
¿Por qué tardó siete años en comenzar el juicio?

El Fiscal de Instrucción, Dr. Candia, solicitó el juicio, pero el Fiscal de Cámara, Rearte (responsable de autorizarlo NdR) lo consideró nulo. Porque no se describía qué conducta tuvieron los acusados durante los sucesos en el que terminó muerto el oficial Sayago. Por eso lo declara nulo y vuelve a pedir que la instrucción lo rehaga. Lo vuelven a presentar, sin haber demostrados estos puntos que eran fundamentales, y el Fiscal Rearte vuelve a dictaminar nula la causa. Por tercera vez vuelven a presentarlo sin pruebas contra los que querían imputar, y es ahí donde el Fiscal Rearte, considerando que no tenía elementos probatorios para iniciar un juicio, decide retirarse de la causa. La causa la asume el Dr. Candia porque el Código Procesal de Santa Cruz, habilita que el Fiscal de Juicio se corra y lo asuma el Fiscal de Instrucción.

 

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