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Partido de los Trabajadores Socialistas
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MÉTODOS, LEYES Y JUECES DE LAS DICTADURAS PARA PROCESAR OBREROS
Una “megacausa” contra el sindicalismo de base
Por: Lucho Aguilar

03 Nov 2011 |

Una verdadera caza de brujas ha desatado el Juez Mariano Larrea, quien junto al Fiscal Starc se vale de informes ilegales de la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimientos Campo de Mayo de la Gendarmería Nacional, para identificar a quienes participan de los cortes. Ver algunos de los procesados en contratapa.

Métodos: tareas de inteligencia ilegales e infiltración

El 21 de octubre de 2010, a horas del asesinato de Mariano Ferreyra, los trabajadores de Kraft Foods, de PepsiCo, de Donelley y estudiantes universitarios de Zona Norte, junto a organismos de DD.HH. y partidos políticos, realizaban en la Panamericana una de las tantas protestas que se dio en el país e internacionalmente, en repudio al crimen de Mariano y el ataque contra los trabajadores tercerizados del FF.CC. Roca. Del expediente se lee la declaración de una gendarme que admite que, de rutina, se entremezclan vestidos de civil en las protestas entre los manifestantes a los fines de identificar a quienes ellos consideran “cabecillas” (sic). Pero por si fuera poco, hasta admiten tener una base de datos de la “fuerza” (Gendarmería) para recabar los datos de los manifestantes.

Las ilegales tareas de inteligencia se repiten en todos los expedientes penales de la Jurisdicción. En la Megacausa, es reiterado leer informes de la Gendarmería Nacional, donde indican quienes son los “cabecillas” y por qué lo serían (describen, por ejemplo que “fue quien mejor explicó el conflicto ante los medios de comunicación” o que ejerce su influencia sobre el resto de los trabajadores); hasta definen la alineación política de Hermosilla, y dan un detallado informe del conflicto laboral del año 2009. Incluso, se puede ver en un video filmado por agentes de las fuerzas que intervinieron. Cuando unos trabajadores le preguntan a quien los estaba filmando de qué medio era, rápido, el agente infiltrado y vestido de civil contestó: “Prensa independiente”. Esto consta en el expediente y es usado como prueba, a pesar de que el método sea abiertamente la infiltración policial y de Gendarmería en las propias movilizaciones obreras.

Leyes: artículos impuestos por Onganía

Todos los procesamientos de cortes de ruta se basan en el art. 194 del Código Penal, que dice expresamente que se castigará con penas de entre 3 meses y 2 años a quien “impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes (…) o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”. Es decir, a quienes tomen medidas de acción directa en defensa de sus intereses colectivos, o en rechazo a la represión estatal policial, etc.

Sin este artículo del Código Penal, que fue decretado y convertido en ley por el dictador y general del Ejército Onganía en 1968, no se podría enjuiciar a la mayoría de los luchadores. Ni el Ejecutivo ni el Parlamento, hoy en manos kirchneristas, han querido derogar este nefasto artículo.

Jueces: funcionarios de la dictadura acusan a los trabajadores

La Sala I Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, creada en 1975, está integrada por los jueces Fossati, Barral y Cullota y ha confirmado todos los procesamientos que han llegado a su conocimiento. El juez Barral se desempeñó como secretario letrado de la Corte Suprema durante la dictadura militar. Además, las Abuelas de Plaza de Mayo han radicado denuncias ante el Consejo de la Magistratura de la Nación contra estos jueces por haber dejado en libertad a represores. Y son conocidos defensores de la impunidad a los genocidas: han sentenciado que la ley que anuló las leyes de impunidad (leyes de obediencia debida y punto final), es inconstitucional. A 8 años del inicio del gobierno K estos jueces siguen en funciones y son parte de los que hoy garantizan los procesos contra los trabajadores.

 

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