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Partido de los Trabajadores Socialistas
    Buenos Aires   |  27 de marzo de 2024
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El modelo sindical peronista
Por: Josefina Luzuriaga y Hernan Aragon

20 Nov 2008 |

El modelo sindical vigente tiene su origen en el primer gobierno peronista. Basado en la existencia de poderosas organizaciones gremiales, con millones de afiliados y un fuerte poder de organización y negociación, significó fundamentalmente la estatización de los sindicatos, la consolidación de una burocracia sindical poderosa y la pérdida de independencia política de los trabajadores.

En los orígenes del movimiento obrero existían distintos agrupamientos y centrales sindicales (socialistas, anarquistas, sindicalistas revolucionarios) enfrentados al poder estatal y a un régimen político represivo y proscriptivo. Más allá de sus estrategias, todas ellas mantenían su independencia respecto al Estado y de los partidos patronales. En los sindicatos la afiliación era voluntaria y no existían dirigentes rentados.

Esta situación se irá modificando en los ´20 y más agudamente en los ´30 donde comienza a formarse una burocracia sindical especialmente en los gremios de servicios adoptando una estrategia cada vez más conciliadora con el Estado. Los nuevos sindicatos por industria impulsados por el PC, surgen con un carácter independiente, aunque la orientación política de este partido los llevará cada vez más hacia la conciliación de clases. Sin embargo, a un nivel general, el precario sistema de legislación laboral existente y el carácter conservador del régimen -que mantenía a los trabajadores en la exclusión política-, llevaba a que los sindicatos mantuvieran aún una relativa independencia del Estado.

Perón y los sindicatos

Con la llegada de Perón al poder se produce un cambio radical en la relación entre Estado y sindicatos. El Peronismo dio un gran impulso a la organización del movimiento obrero mediante una política combinada: grandes concesiones a cambio de liquidar la autonomía de los sindicatos. Transformó a la CGT en apéndice de la política estatal, en el principal mecanismo de mediación con el Estado, y de contención del proletariado en los marcos del capitalismo. La Ley de Asociaciones Profesionales fue la forma jurídica de esta relación. El Estado poseía el derecho a supervisar toda la actividad sindical, reglamentar las huelgas e imponer la conciliación obligatoria, controlar las retribuciones y gastos de la organización y la atribución de otorgar o retirar personerías gremiales al sindicato mayoritario por rama de actividad.

Bajo el gobierno de Frondizi en 1958, y a través del pacto con Perón, se sanciona una nueva Ley de Asociaciones Profesionales (Ley 14455) retomando lo esencial del modelo peronista. Se establece la cuota compulsiva para sostener a los sindicatos y las obras sociales (una caja millonaria para los dirigentes sindicales, base material de su dependencia política). Se consagra la unicidad sindical por rama de industria y la existencia de una única central nacional. La burocracia centraliza y concentra su poder. La ley habilita al Ministerio de Trabajo a otorgar o quitar personerías gremiales, fiscalizar y anular elecciones, controlar la contabilidad de los sindicatos y poder intervenirlos. Regula las elecciones internas de los sindicatos con listas sábana y establece que la lista ganadora se queda con todos los puestos en la directiva. Le otorga a la conducción del gremio el control de las juntas electorales y la posibilidad de excluir a las listas opositoras, requiriendo antigüedad en las afiliaciones y una cantidad inusitada de avales de afiliados para poder presentarse.

Al recibir un poder casi absoluto, la burocracia sindical lo retribuye convirtiéndose en el mejor garante del orden burgués. Así lo señaló agudamente Rodolfo Walsh: “El que molesta en la fábrica, molesta a la UOM; y el que molesta a la UOM, molesta en la fábrica. La secretaría de organización del sindicato lleva un prolijo fichero de “perturbadores”, permanentemente puesto al día con los ficheros de las empresas. (…) Al despido sigue siempre la expulsión del sindicato, o viceversa” (Rodolfo Walsh ¿Quien mató a Rosendo?)

Las comisiones internas

No obstante, junto a este modelo verticalista surgía otro fenómeno: las comisiones internas y cuerpos de delegados, organizaciones de base que dotaron a la clase obrera de una fuerte unidad y combatividad en muchos momentos de su historia.

Las comisiones internas impusieron límites a la explotación patronal y llegaron a representar un incipiente poder obrero al interior de las fábricas. A su vez, limitaron el accionar de la burocracia, por momentos, fueron un cuestionamiento directo a su poder monolítico.

Las comisiones internas no tuvieron apoyo legal bajo el gobierno peronista e incluso fueron cuestionadas. La “Libertadora” las tuvo como blanco de ataque. Durante la resistencia peronista (55-59), las comisiones internas serán el núcleo de reorganización obrera.

En los convulsivos años ´70, muchas de ellas fueron recuperadas por sectores combativos, pasando a ser el corazón de la “insubordinación obrera” en las fábricas. Cuando Perón regresa al poder sanciona en noviembre de 1973 una nueva Ley de Asociaciones Profesionales: su objetivo es fortalecer a la burocracia sindical contra el desafío que el ascenso obrero y popular abierto con el Cordobazo y el activismo representaban. Al poco tiempo serían intervenidos la mayoría de los sindicatos combativos o ilegalizados los cuerpos de delegados, como el SMATA y Luz y Fuerza de Córdoba, la UOM-Villa Constitución o la Federación Gráfica Bonaerense.

Impulsoras de la Coordinadoras interfabriles de 1975, las comisiones internas fueron objeto privilegiado de la represión golpista en 1976: el ejército ocupó las fábricas más combativas secuestrando y asesinando a los delegados de base.

Sin embargo su antiguo poder se limitaría enormemente bajo los gobiernos de Menem y la Alianza que con sus políticas “neoliberales” lograron una gran fragmentación del movimiento obrero (división entre ocupados y desocupados; efectivos, contratados y en negro).
En 1988, Alfonsín pacta con Lorenzo Miguel la Ley de Asociaciones sindicales que rige actualmente y que recoge esencialmente lo peor del “modelo sindical peronista”: la estatización de los sindicatos y el poder de la burocracia sindical.

 

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